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<title>N° 6, Junio - 1940</title>
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<updated>2026-04-29T11:29:57Z</updated>
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<title>De cara al porvenir</title>
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<name>Caja Nacional de Seguro Social</name>
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<updated>2026-03-10T08:00:50Z</updated>
<published>1940-06-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">De cara al porvenir
Caja Nacional de Seguro Social
Reflexiona un mes después del terremoto de mayo de 1940 en Lima, sobre la magnitud de la catástrofe y sus posibles consecuencias económicas y sociales, que pudieron derivar en crisis, epidemias o conmociones graves. Sin embargo, destaca la rápida y eficaz reacción del Gobierno y la inmediata solidaridad de instituciones y particulares, gracias a lo cual los damnificados recibieron pronta asistencia, albergue y apoyo para la recuperación material y laboral. Más allá de las medidas adoptadas, el artículo subraya el valor del espíritu colectivo, la disciplina y la fe en el futuro como factores decisivos para superar la tragedia y reconstruir el país con renovada confianza y fortaleza.
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<dc:date>1940-06-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>INDICE</title>
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<updated>2025-07-02T08:01:08Z</updated>
<published>1940-06-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">INDICE
Caja Nacional de Seguro Social
Contenido de la Revista de Informaciones Sociales - N° 6, junio - 1940.
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<dc:date>1940-06-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Panorama Internacional</title>
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<updated>2025-06-26T16:42:15Z</updated>
<published>1940-06-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Panorama Internacional
Caja Nacional de Seguro Social
Se informa las siguientes noticias sobre protección social en el mundo:&#13;
- En Alemania: Disposición complementaria del decreto sobre seguro social de los&#13;
miembros del Servicio de Defensa Aérea&#13;
Informa que el Dr. Zschimmer firmó 8 de diciembre de 1939, en representación del&#13;
Ministro del Reich, una disposición complementaria del Art. 3, inciso 2, del decreto&#13;
sobre seguro social de los miembros de la Defensa Aérea.&#13;
- En Argentina:&#13;
1. Seguro de invalidez, vejez y muerte de los marinos&#13;
El Presidente de la República Argentina sancionó el 30 de setiembre de 1939,&#13;
una ley instituyendo un régimen de seguro de invalidez, vejez y muerte de los&#13;
marinos.&#13;
2. Seguro de invalidez, vejez y muerte del personal ferroviario&#13;
La Caja Nacional de retiros y pensiones del personal de ferrocarriles publicó s u&#13;
Memoria del año 1938, donde informa el número de asegurados, las&#13;
cotizaciones, total de ingresos ese año y el gasto total en prestaciones. También&#13;
informa sobre el capital acumulado de la Caja y el déficit en que se encontraba.&#13;
- En Brasil: La reorganización del Consejo Nacional del Trabajo&#13;
Mediante un decreto ley del 15 de junio de 1939, el gobierno de Brasil creó un&#13;
Consejo Nacional del Trabajo, que desempeñará el papel de recurso supremo en&#13;
materia de conflictos en el campo del trabajo y en la reorganización de las relaciones&#13;
de trabajo.&#13;
Este Consejo está compuesto de 19 miembros nombrados por el Presidente de la&#13;
República, escogidos entre los empleadores, obreros y funcionarios del Ministerio de&#13;
Trabajo o de las instituciones de previsión social. Este Consejo también desempeña&#13;
servicios de procuraduría del trabajo y de previsión social. Se detalla sus&#13;
atribuciones.&#13;
- En Francia: El Código de la Familia&#13;
Publica un resumen de las disposiciones del Título II Protección de la Familia, del&#13;
decreto ley del 29 de julio de 1939. Se compone de cuatro capítulos: protección de la&#13;
maternidad, protección de la infancia, protección de la raza, la familia y la&#13;
enseñanza.&#13;
- En Gran Bretaña: Las enfermedades industriales en las fábricas británicas en 1938&#13;
Presenta datos del informe anual del Inspector Jefe de Fábricas, sobre la proporción&#13;
de enfermedades industriales en Gran Bretaña en el año 1938. Señala que las&#13;
&#13;
enfermedades disminuyeron respecto al año anterior, especialmente los casos de&#13;
envenenamiento por plomo, mercurio, inhalación de vapores y gases tóxicos. Se&#13;
registraron 430 muertos por silicosis, 9 muertos por asbestosis y 503 por fibrosis de&#13;
los pulmones.&#13;
Los casos de dermatitis denunciadas llegaron a 2,195. El mayor número de casos se&#13;
encontró entre los obreros químicos, textiles teñidores y estampadores de percalas,&#13;
pulidores y plateros, pintores y obreros de la fabricación de pinturas, panaderos y&#13;
confiteros.&#13;
- En Italia: Desarrollo del seguro de maternidad obligatorio&#13;
Informa sobre este seguro en 1938: el número de asegurados, el importe de las&#13;
cotizaciones recaudadas, el número de subsidios liquidados y el importe total de los&#13;
subsidios entregados.
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<title>Los Seguros Sociales en México</title>
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<name>Caja Nacional de Seguro Social</name>
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<updated>2025-06-26T16:43:38Z</updated>
<published>1940-06-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Los Seguros Sociales en México
Caja Nacional de Seguro Social
Informa el contenido del anteproyecto de ley de seguros sociales redactado por una&#13;
Comisión de Expertos nombrada por el Ejecutivo Federal de México, con el objetivo de&#13;
implantar un sistema general de seguros sociales.&#13;
Este sistema debía aplicarse, en principio, a todas las personas que ocupen un&#13;
empleo y cubrir los riesgos de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales,&#13;
de enfermedad y maternidad, de vejez e invalidez. Debía contener, asimismo,&#13;
disposiciones que permitieran la adopción de medidas encaminadas a prevenir y a&#13;
reducir el paro.&#13;
Las prestaciones se detallan de la siguiente manera:&#13;
Seguros de Accidentes. El trabajador víctima de un accidente recibe toda la&#13;
asistencia médica necesaria, así como los aparatos ortopédicos.&#13;
En caso de incapacidad temporal, la prestación se fija en un 75 por 100 del salario de&#13;
base. Si se comprueba la incapacidad permanente se concede una pensión. Se indica&#13;
el cálculo de la pensión según sea incapacidad parcial o total.&#13;
En caso de muerte, se concede una suma para gastos de entierro y los&#13;
derechohabientes obtendrían una pensión de cuantía igual a la que hubiera sido&#13;
otorgada en caso de incapacidad total.&#13;
Seguro de Enfermedad y Maternidad. Estas prestaciones no sólo se conceden a l&#13;
asegurado, sino también a su mujer y a sus hijos menores de 16 años. Se indican los&#13;
requisitos.&#13;
En caso de enfermedad, el seguro concede prestaciones en material y en numerario&#13;
durante un período de siete meses, como máximo. Las prestaciones en especie&#13;
comprenden la asistencia médica, quirúrgica y el ingreso en un hospital, así como el&#13;
suministro de medicamentos y aparatos.&#13;
En los casos de maternidad, las aseguradas y las mujeres de los asegurados tienen&#13;
derecho a la asistencia médica. Las aseguradas obtendrán, además, una prestación&#13;
en numerario fijada en el 80% de su salario de base y pagadera durante las seis&#13;
semanas siguientes al alumbramiento. Se concede un subsidio especial a la madre&#13;
con el fin de que pueda mejorar la alimentación del recién nacido hasta que cumpla los&#13;
seis meses.&#13;
Seguro de Vejez e Invalidez. La pensión de invalidez se otorga al asegurado que&#13;
haya perdido el 50% de su capacidad de trabajo por lo menos, a condición de que&#13;
pueda justificar que ha pertenecido y cotizado al seguro durante 60 meses. Se indica&#13;
el cálculo del importe de la pensión. La pensión de vejez es exigible a partir de la edad&#13;
de 55 años; sin embargo, el Instituto de Seguros puede fijar en 60 años la edad de&#13;
&#13;
jubilación durante el período inicial de aplicación del sistema. Se explica el cálculo de&#13;
la pensión y los requisitos.&#13;
Finalmente, el anteproyecto indica que el sistema sea administrado por el Instituto&#13;
Nacional de Seguros Sociales. Los organismos administrativos del Instituto están&#13;
constituidos por igual número de representantes de los empleadores, de los&#13;
asalariados y del gobierno federal. Las sociedades de socorros mutuos pueden ser&#13;
autorizadas a participar en la administración local del sistema.
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