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<title>N° 3, Marzo - 1941</title>
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<updated>2026-05-01T17:38:10Z</updated>
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<title>Legislación social del Perú</title>
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<name>Caja Nacional de Seguro Social</name>
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<updated>2026-03-10T08:01:08Z</updated>
<published>1941-03-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Legislación social del Perú
Caja Nacional de Seguro Social
Se reúne diversas disposiciones de legislación social dictadas en 1941, entre ellas la creación del Servicio Nacional Antivenéreo para centralizar la prevención y asistencia de enfermedades venéreas; la apertura de registros obligatorios para fábricas de tejidos y talleres, a fin de garantizar el cumplimiento de las leyes laborales; la organización de un seminario para fortalecer la labor de las Brigadas de Culturización Indígena; la implementación del carnet sanitario con examen radiológico obligatorio para maestros y escolares como medida antituberculosa; y la prórroga de las leyes de alquileres para proteger a los inquilinos. En conjunto, las normas reflejan una política estatal orientada a reforzar la salud pública, la protección social y la regulación del trabajo y la vivienda en beneficio del bienestar colectivo.
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<dc:date>1941-03-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Abaratamiento de los productos farmacéuticos</title>
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<name>Caja Nacional de Seguro Social</name>
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<updated>2026-03-10T08:01:07Z</updated>
<published>1941-03-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Abaratamiento de los productos farmacéuticos
Caja Nacional de Seguro Social
Informa que el Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social, creó dos comisiones para estudiar y proponer soluciones al encarecimiento de los productos farmacéuticos, problema que afecta la política de salud pública y previsión social. Se plantea la necesidad de un análisis técnico integral que incluya la clasificación de medicamentos nacionales y extranjeros según su utilidad terapéutica, el impulso a la industria químico-farmacéutica nacional y la revisión de los aranceles aplicados tanto a productos importados como a materias primas. El objetivo final es establecer una reglamentación que fije precios justos, basados en costos reales y utilidades legítimas, garantizando el acceso a medicamentos esenciales sin perjudicar a la industria, en defensa de la salud y del capital humano del país.
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<dc:date>1941-03-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>INDICE</title>
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<name>Caja Nacional de Seguro Social</name>
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<updated>2025-07-03T08:00:52Z</updated>
<published>1941-03-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">INDICE
Caja Nacional de Seguro Social
Contenido de la Revista de Informaciones Sociales - N° 3, marzo - 1941.
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<dc:date>1941-03-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>El desarrollo de la legislación sobre los Subsidios Familiares en los últimos años</title>
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<name>Hoffner, Clara</name>
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<name>Caja Nacional de Seguro Social</name>
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<id>https://hdl.handle.net/20.500.12959/1269</id>
<updated>2025-06-27T14:48:51Z</updated>
<published>1941-03-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">El desarrollo de la legislación sobre los Subsidios Familiares en los últimos años
Hoffner, Clara; Caja Nacional de Seguro Social
La autora hace un examen rápido de la legislación sobre los subsidios familiares,&#13;
indicando los progresos efectuados y tratando de desprender las tendencias de su&#13;
evolución de la complejidad de las reglamentaciones. Considera esta revisión de&#13;
interés práctico, ya que las circunstancias de aquel momento no sólo no debilitaban los&#13;
factores de ese desarrollo, sino que los reforzaban.&#13;
Los subsidios familiares se aplicaron por primera vez en gran escala en Francia, con&#13;
ocasión de la guerra de 1914-1918 y cuando los beneficios de las industrias que&#13;
trabajaban para el ejército eran considerables, al mismo tiempo que el coste de la vida&#13;
hacía en parte ilusorios los altos salarios de los obreros Los empleadores que&#13;
decidieron entonces concederlas a su personal, tal como los patronos o colectividades&#13;
que siguieron su ejemplo, tenían por único objeto aligerar las cargas de los&#13;
trabajadores padres de familia, por estimar que los salarios eran insuficientes para&#13;
permitirles educar debidamente a sus hijos. Esta preocupación, que se refleja en los&#13;
primeros estatutos de las Cajas de subsidios familiares, continúa, por otra parte,&#13;
inspirando las legislaciones, pero sin ser ya el único móvil de las iniciativas que se&#13;
toman en este punto.&#13;
Las condiciones políticas y económicas de los años en que se redactó este artículo,&#13;
que en muchos aspectos presentaban analogías con las que prevalecieron durante y&#13;
después de la guerra de 1914-1918, parecían dar todavía más fuerza a las causas que&#13;
dieron por resultado el desarrollo de los subsidios familiares, confiriéndoles un interés&#13;
nuevo como institución particularmente adecuada a las necesidades excepcionales de&#13;
esos momentos.&#13;
La primera vez que se consagró la concesión de subsidios familiares se adoptó en&#13;
Nueva Zelandia en 1926. Al año siguiente se tomó una disposición análoga en Nueva&#13;
Gales del Sur. Puede decirse que estas dos primeras leyes influyeron en la legislación&#13;
adoptada por Bélgica en 1930, pero con un tipo completamente nuevo. El sistema&#13;
consagrado en Francia, por la ley de 1932, presentó numerosas analogías con el&#13;
sistema belga. La autora explica los regímenes regímenes estabilizados de Nueva&#13;
Zelandia y Nueva Gales del Sur, los que durante todo el período de su aplicación&#13;
sufrieron muy pocas modificaciones; los regímenes evolucionados, de Francia, Italia y&#13;
Bélgica, y los nuevos regímenes establecidos en 1937 y 1938 en Chile, Hungría y&#13;
España. Así como las perspectivas y tendencias de la reglamentación.&#13;
En conclusión, señala que, al parecer, dos tendencias principales y en apariencia&#13;
opuestas, han señalado en los últimos años el desarrollo de la legislación sobre los&#13;
subsidios familiares: por una parte, en el interior de muchos países, especialmente en&#13;
&#13;
Bélgica, en Francia y e n Italia, una tendencia manifiesta a la unificación, a la&#13;
simplificación y a la generalización de los sistemas; por otra parte de un país a otro,&#13;
una tendencia a adoptar formas de reglamentación que, con frecuencia, se alejan&#13;
sensiblemente unas de otras.&#13;
Bajo esa aparente diversidad de las reglamentaciones nacionales, que no deja de&#13;
presentar ventajas desde el punto de vista de su adaptación a las necesidades&#13;
especiales que las han inspirado, los subsidios familiares se han caracterizado en&#13;
todos los países, durante el período examinado, por un sentido nuevo de amplia&#13;
solidaridad social y nacional. Al mismo tiempo, se camina hacia formas de&#13;
reglamentación menos empíricas y más estables.
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