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<title>N° 11, Noviembre - 1941</title>
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<title>Una jornada mas</title>
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<description>Una jornada mas
Caja Nacional de Seguro Social
Celebra la inauguración del Hospital Obrero de Huacho como un nuevo logro del Seguro Social, destacándolo como parte del cumplimiento sostenido de su misión en favor de los trabajadores. Lejos de asumirlo como punto de llegada, el texto expresa una renovada voluntad de continuar ampliando la cobertura y las obras asistenciales, reconociendo que aún son muchos los obreros que esperan estos beneficios. Se resalta que cerca de cien mil trabajadores ya se encuentran protegidos por el régimen y que otro número similar está próximo a incorporarse, lo que evidencia la eficacia del programa y el respaldo tanto del Gobierno como de empleadores y asegurados. En conjunto, la nota transmite un mensaje de compromiso, confianza y determinación para seguir fortaleciendo la justicia social a través del Seguro Social.
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<title>INDICE</title>
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<description>INDICE
Caja Nacional de Seguro Social
Contenido de la Revista de Informaciones Sociales - N° 11, noviembre - 1941.
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<dc:date>1941-11-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Legislación Social del Perú</title>
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<description>Legislación Social del Perú
Caja Nacional de Seguro Social
Se transcriben las siguientes normas legales: &#13;
&#13;
-	Ley N° 9380: Los primeros y segundos mayordomos de la Marina Mercante quedan comprendidos en la Ley N° 9169 y sus beneficios.&#13;
Ley dada en la Casa de Gobierno, en Lima, el 27 de setiembre de 1941.&#13;
&#13;
-	Resolución: La inscripción en el escalafón civil de los empleados públicos nacionalizados&#13;
Dispone que la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores debe trascribir a la Dirección General del Escalafón Civil y Listas Pasivas las resoluciones que concedan nacionalidad peruana a los extranjeros que ocupen algún cargo en la administración pública; y la Dirección General de Gobierno y las Prefecturas de Departamento deben comunicar los nombramientos realizados de conformidad con la autorización a que se refiere el Decreto Ley N° 6974.&#13;
&#13;
-	Resolución Suprema N° 3232: Control sanitario de las colonizaciones&#13;
Con esta norma del 21 de octubre de 1941, la Dirección General de Salubridad, por intermedio del Servicio Nacional de Malaria y Sanidad Rural, asume el control sanitario de las colonizaciones y de las obras viales en toda la República.&#13;
&#13;
Esta norma se dispuso considerando que para la mejor eficacia de la política de colonización interior del país era necesario que la Dirección General de Salubridad Pública asuma el control sanitario de las colonizaciones y que esta medida era conveniente, por la estrecha vinculación que existía entre las colonizaciones, las obras viales y el ambiente rural.&#13;
&#13;
-	Resolución Suprema N° 3233: Primera Conferencia Nacional de Tuberculosis&#13;
Vista la comunicación de la Comisión Organizadora de la Primera Conferencia Nacional de Tuberculosis, en la que se pide que el Supremo Gobierno patrocine este certamen, y teniendo en consideración la importancia, que bajo el punto de vista sanitario y social tiene esta Conferencia, se dispuso que el Ministerio de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social auspicie la primera Conferencia Nacional de Tuberculosis que se efectuaría en Lima durante los días del 26 al 30 de abril de 1942 y que le preste las facilidades necesarias para su mejor éxito.&#13;
&#13;
-	Resolución Ministerial: Control en las bebidas dañinas para la salud&#13;
Se normó que no se podía aplicar el nombre de Jora a otra materia que no sea el producto obtenido exclusivamente por germinación y malteado del maíz solo o mezclado con otros cereales y que no se utilice el nombre de Jora Negra.&#13;
&#13;
El motivo fue que era preciso que la preparación de las materias primas empleadas en la elaboración de las chichas industriales se ciña a las disposiciones de la Resolución Suprema del 13 de enero de 1936; y que el producto denominado Jora Negra no contenía en su composición ningún elemento dañino para la salud pública, por lo que no existía razón justificada para prohibir el expendio de una materia que, de tiempo inmemorial, se había empleado para la elaboración de emolientes y chichas caseras, siempre que se evite la posibilidad de equivocaciones debidas a su designación, y que se venda bajo una de nominación que dificulte toda confusión con la Jora verdadera para evitar su falsificación.
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<title>Boletín de la Caja Nacional de Seguro Social</title>
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<description>Boletín de la Caja Nacional de Seguro Social
Caja Nacional de Seguro Social
En esta sección se informa las siguientes noticias sobre las actividades de la Caja Nacional de Seguro Social:&#13;
&#13;
-	Inauguración del Hospital Obrero de Huacho&#13;
El 16 de noviembre de 1941 se realizó la inauguración del Hospital Obrero de Huacho. A la ceremonia asistió el señor Presidente de la República, Dr. Manuel Prado, una numerosa y distinguida comitiva de representantes del Congreso, funcionarios de la administración pública, miembros del cuerpo médico y la casi totalidad de la población de Huacho. La inauguración fue un acontecimiento para la provincia de Chancay porque garantizó a su población trabajadora el amparo del seguro social, que a partir de ese día ampliaba su órbita de acción y les alcanzó la más perfecta organización que en esos días podía brindar la ciencia y la técnica para combatir la enfermedad, la invalidez, la muerte prematura y la vejez de los trabajadores.&#13;
&#13;
Se reproducen los textos de los discursos pronunciados en esa ceremonia por el Presidente de la República y por el Ministro de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social; el Decreto Supremo de fecha 12 de noviembre de 1941, que declara expeditos para su funcionamiento los servicios asistenciales del seguro social en la provincia de Chancay; y una breve descripción de las características del hospital.&#13;
&#13;
-	Acuerdos del Consejo Directivo e instrucciones de la Gerencia relativos a las prestaciones a los asegurados y a procedimientos de aplicación de la ley&#13;
Informa sobre disposiciones del Consejo Directivo de la Caja acerca de la Aplicación de sanciones a los patronos y asegurados, conforme al precepto del art. 61 de la ley No. 8433 y Normas para el pago de subsidios pre y post natal. Estos acuerdos fueron aprobados el 1° de octubre y el 25 de setiembre de 1941, respectivamente.&#13;
&#13;
Asimismo, se publica las instrucciones para la tramitación de solicitudes relativas a asignación de funerales y capital de defunción, normadas por la Gerencia de la Caja. Estas instrucciones comenzaron a regir en todas las oficinas, establecimientos y dependencias de la Caja, a partir del 1° de octubre de 1941.&#13;
&#13;
-	Escuela de Enfermeras de la Caja Nacional de Seguro Social&#13;
Informa sobre las Bases para optar el ingreso a los cursos de la Escuela que se iniciaban en el año 1942.&#13;
&#13;
La Escuela de Enfermeras de la Caja Nacional de Seguro Social funciona como un plantel anexo al Hospital Obrero de Lima. &#13;
&#13;
La Escuela tiene por objeto la formación profesional y el entrenamiento de enfermeras, generales y especializadas, para que presten sus servicios en los establecimientos que la Caja Nacional de Seguro Social estaba construyendo, equipando y organizando, en distintos lugares del país, conforme a las normas que la técnica moderna aconseja para la adecuada, oportuna y eficiente atención médica de los obreros asegurados. De acuerdo con la finalidad de la Escuela, los estudios comprendían cursos teóricos y prácticos que se desarrollaban en tres años.&#13;
&#13;
Eran condiciones de admisión en la Escuela, tener instrucción previa suficiente y vocación profesional que las aspirantes deben comprobar con la presentación de documentos.&#13;
Nota: Falta la página 990
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