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<title>N° 7, Julio - 1938</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/5439</link>
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<pubDate>Wed, 29 Apr 2026 11:42:42 GMT</pubDate>
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<title>Revista de libros y revistas</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/5866</link>
<description>Revista de libros y revistas
Caja Nacional de Seguro Social
El texto reseña la Memoria de la Superintendencia de Bancos correspondiente a 1937, destacando el crecimiento y la solidez del sistema financiero peruano a través de cifras detalladas sobre bancos, compañías de capitalización y seguros. Se subraya la expansión de los depósitos de ahorro, el aumento de créditos agrícolas, hipotecarios e industriales y el significativo volumen de sumas aseguradas, que superan los mil millones de soles, como indicadores del dinamismo económico del país. Asimismo, se resalta el fortalecimiento del control estatal sobre las entidades financieras y aseguradoras, así como la elaboración de reglamentaciones para garantizar seguridad y eficiencia en el sistema. En conjunto, la publicación es presentada como un documento de gran valor informativo que refleja la prosperidad económica y el desarrollo institucional del Perú en ese período.
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<pubDate>Fri, 01 Jul 1938 00:00:00 GMT</pubDate>
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<title>La Enciclica Rerum Novarum</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/5865</link>
<description>La Enciclica Rerum Novarum
Caja Nacional de Seguro Social
El documento analiza el contenido y la vigencia de la encíclica Rerum Novarum, promulgada por León XIII, destacando su importancia en la doctrina social de la Iglesia frente a la cuestión obrera y los conflictos entre capital y trabajo. El texto subraya la defensa de la dignidad del trabajador, el derecho a la propiedad privada con función social y la necesidad de justicia y armonía entre las clases sociales, proponiendo principios cristianos como alternativa tanto al liberalismo individualista como al socialismo radical. En conjunto, se reafirma la actualidad del mensaje social cristiano como guía moral para afrontar los problemas económicos y sociales del momento histórico.
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<pubDate>Fri, 01 Jul 1938 00:00:00 GMT</pubDate>
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<title>INDICE</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/5451</link>
<description>INDICE
Caja Nacional de Seguro Social
Contenido de la Revista de Informaciones Sociales - N° 7, julio - 1938
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<pubDate>Fri, 01 Jul 1938 00:00:00 GMT</pubDate>
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<title>Jurisprudencia de la legislación social: Jurisprudencia Extranjera</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/1009</link>
<description>Jurisprudencia de la legislación social: Jurisprudencia Extranjera
Caja Nacional de Seguro Social
Se transcribe la siguiente jurisprudencia extranjera:&#13;
De Estados Unidos de América: La tuberculosis considerada enfermedad&#13;
profesional.&#13;
El caso de John Bishop, empleado como dependiente de mostrador en un mercado de&#13;
carnes al por mayor, quien se enfermó de tuberculosis y presentó un reclamo de&#13;
indemnización por incapacidad, bajo la ley de compensación a los trabajadores,&#13;
diciendo que sufría de una enfermedad profesional.&#13;
El señor Bishop trabajaba en una temperatura normal, pero de 10 a 30 veces&#13;
diariamente penetraba en la cámara fría en la cual se guardaba la carne. El 30 de junio&#13;
de 1936 cayó repentinamente enfermo. Anteriormente había notado una tos, que&#13;
principió en la primavera de ese año y a fines de junio comenzó a toser con sangre.&#13;
Entonces visitó a su médico, quien le dijo que estaba sufriendo de tuberculosis.&#13;
Presentó el reclamo de compensación por incapacidad bajo la Ley de Compensación a&#13;
los Trabajadores, diciendo que sufría de una enfermedad profesional. El árbitro&#13;
sostuvo que la tuberculosis no era enfermedad profesional y desechó el reclamo. La&#13;
Oficina Industrial del Estado denegó el pedido de revisión de esta resolución del&#13;
árbitro, y el reclamante apeló en la Corte Suprema del Estado.&#13;
Se informa sobre el contenido de la Ley de Compensación a los Trabajadores, según&#13;
la enmienda de 1935, en relación con el caso. El presidente de la Oficina Industrial del&#13;
Estado escribió que para que la tuberculosis sea cubierta como enfermedad&#13;
profesional debía ser peculiar y característica al empleo.&#13;
Al considerar la cuestión de si la tuberculosis sufrida por el reclamante era una&#13;
enfermedad profesional particular y característica al empleo, la corte discutió las&#13;
lesiones por accidentes y las enfermedades profesionales.&#13;
El juez Hill de la Corte Suprema de New York, sostuvo que la tuberculosis en este&#13;
caso era una enfermedad profesional y la corte revocó la decisión de la Oficina&#13;
Industrial del Estado. Se incluye el análisis legal del juez.&#13;
Una opinión disidente fue emitida por el Juez Mc Namee. El opinaba que la decisión&#13;
de la Oficina Industrial del Estado debía ser confirmada, sobre la base de que la&#13;
tuberculosis no es una enfermedad característica de los mercados de carne. Al&#13;
sostener que el reclamante no tenía derecho a indemnización, el Juez Mc Namee dijo&#13;
que el expediente estaba completamente exento de evidencia de que la tuberculosis&#13;
era peculiar a, o característica del mercado de carnes, o empleados de mercados de&#13;
carnes, o de que tales empleados eran comúnmente o frecuentemente infectados por&#13;
la enfermedad. “No hay evidencia”, dijo, "que la enfermedad es inherente al trabajo de&#13;
los mercados de carnes, o siquiera de que el trabajo en y fuera de refrigeradoras,&#13;
plantas de almacenamiento frío, fábricas de hielo o lugares semejantes sean la fuente&#13;
&#13;
o causa de tuberculosis”. Sin embargo, la mayoría de los jueces declaró de otra&#13;
manera.&#13;
En conclusión, la Sección de Apelaciones de la Corte Suprema de New York, en el&#13;
caso Bishop vs. Comer &amp; Pollock, Inc., sostuvo que la tuberculosis pulmonar contraída&#13;
por un dependiente del mercado de carnes en el curso de su empleo era una&#13;
enfermedad profesional. El juez Hill emitió la opinión de la Corte. El juez Bliss dio una&#13;
opinión concurrente, mientras que los jueces Mc Namee y Crasper disintieron.
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<pubDate>Fri, 01 Jul 1938 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>1938-07-01T00:00:00Z</dc:date>
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