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<title>N° 3, Tercer trimestre - 1955</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/5552</link>
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<pubDate>Sat, 09 May 2026 04:10:33 GMT</pubDate>
<dc:date>2026-05-09T04:10:33Z</dc:date>
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<title>INDICE</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/5632</link>
<description>INDICE
Caja Nacional de Seguro Social
Contenido de la Revista de Informaciones Sociales - N° 3, tercer trimestre - 1955.
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<pubDate>Thu, 01 Sep 1955 00:00:00 GMT</pubDate>
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<title>Legislación social extranjera</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/1436</link>
<description>Legislación social extranjera
Caja Nacional de Seguro Social
Italia: Ley N°1136, del 22 de noviembre de 1954&#13;
&#13;
Se reproduce el texto de esta norma que dispone la extensión del Seguro de Enfermedad a los agricultores independientes.&#13;
&#13;
La Ley ordena que el Seguro de Enfermedad es obligatorio para los propietarios, arrendatarios, enfiteutas, usufructuarios, que directa y habitualmente se dedican al cultivo manual de los fundos o a la cría y cuidado de ganado, así como para los miembros de los núcleos familiares que trabajan habitualmente en los fundos o que vivan a cargo de los primeros, siempre que la fuerza laboral total del núcleo familiar sea superior al 50% de la que corresponde a las necesidades normales de cultivo del fundo o de cría y cuidado del ganado, de acuerdo con el artículo 5° del Decreto Real N°1949 de septiembre 24 de 1940. Para la evaluación de la fuerza laboral, a cada miembro del grupo familiar se atribuye 280 jornadas de trabajo anuales.&#13;
&#13;
Los trabajadores independientes mencionados y sus familiares sujetos al seguro obligatorio, gozan de las siguientes prestaciones: &#13;
a)	Asistencia médica general a domicilio y ambulante&#13;
b)	Asistencia hospitalaria&#13;
c)	Asistencia médica especial, clínica y curativa&#13;
d)	Asistencia obstétrica. &#13;
&#13;
La modalidad, límites y términos de las prestaciones enumeradas, serán fijadas por el reglamento a aprobarse. Se excluye de la asistencia prevista en esta ley, a las enfermedades que corresponden al campo antituberculoso, o de otros entes públicos, que son cubiertas por otras formas de seguro obligatorio.&#13;
&#13;
Se creó en cada Comuna, una Caja Mutual Comunal de trabajadores independientes para el otorgamiento de las prestaciones de asistencia médica, general, domiciliaria y ambulante, y obstétrica general. Estas Cajas Comunales, cuando las condiciones particulares lo exijan, y a pedido de la mayoría de la asamblea comunal, pueden ser autorizadas por el Consejo Directivo de la Caja Provincial de que dependan, a fraccionarse en pequeñas Cajas Mutuales o a refundirse en Cajas Mutuales Intercomunales.&#13;
&#13;
Se creó en cada provincia, una Caja Mutual Provincial para los trabajadores independientes, que otorguen las mismas prestaciones que las Cajas Comunales. Estas Cajas Provinciales se agruparon en una Federación Nacional de Cajas Mutuales de Enfermedad, a la que se concede las funciones reguladoras de las actividades y gestiones de las Cajas Provinciales, con particular referencia a las exigencias de coordinación y solidaridad en el territorio nacional. Para el control de las gestiones de la Caja Provincial, se creó un Colegio Sindical compuesto por tres miembros activos y dos suplentes. La Asamblea Nacional de Presidentes de las Cajas Provinciales se reúne anualmente, y en forma extraordinaria cuando lo solicita la mayoría del Consejo Central.&#13;
&#13;
Se indica las funciones del Consejo Directivo Provincial y del Consejo Central.&#13;
&#13;
Finalmente, dispone que la vigilancia de la aplicación de esta ley está a cargo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. El Ministerio puede ordenar inspecciones e investigaciones sobre el funcionamiento de la Federación Nacional, de las Cajas Provinciales y Comunales, y de sus respectivos servicios.
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<pubDate>Sat, 01 Jan 1955 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>1955-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Legislación social peruana</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/1435</link>
<description>Legislación social peruana
Caja Nacional de Seguro Social
Se informa una breve reseña de las siguientes normas legales: &#13;
&#13;
SALUD PÚBLICA&#13;
&#13;
-	Resolución Suprema N°3 S.P.: Cooperación de los servicios antituberculosos en la enseñanza universitaria. Fecha: 4-7-1955.&#13;
Resolvió que los servicios nacionales preventivo-asistenciales destinados a la campaña antituberculosa, pueden ser utilizados libremente por la docencia universitaria para la enseñanza de la Tisiología.&#13;
&#13;
-	Ley N°12370: Autoriza al Ejecutivo el establecimiento de urbanizaciones de tipo popular. Fecha: 28-6-1955.&#13;
&#13;
-	Resolución Suprema: Expropiación de terrenos en Tarma, destinados a residencias de médicos del Hospital, que se estaba construyendo. Fecha: 9-8-1955.&#13;
&#13;
-	Resolución Ministerial: Centralización de servicios asistenciales en Tacna. Fecha: 9-8-1955.&#13;
&#13;
&#13;
TRABAJO&#13;
&#13;
-	Resolución Ministerial N°265 D.T.: Aumento de sueldos a los empleados del Frigorífico Nacional. Fecha: 19-7-1955.&#13;
&#13;
-	Decreto Supremo: Abono de indemnizaciones a obreros de construcción civil. Fecha: 21-7-1955.&#13;
&#13;
-	Decreto Supremo: Nombra Comisión permanente para la solución de los reclamos de trabajadores en construcción civil. Fecha: 21-7-1955.&#13;
&#13;
-	Resolución Suprema: Comisión encargada de señalar medidas para el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores del campo. Fecha: 20-7-1955.&#13;
&#13;
-	Decreto Supremo: Fija los salarios de los trabajadores de construcción civil en Lima, Callao y Balnearios. Fecha: 21-7-1955.&#13;
&#13;
-	Resolución Ministerial N°375 D.T.: Nombra Comisión tripartita para el estudio de la jornada semanal de trabajo en la industria textil. Fecha: 14-9-1955.&#13;
&#13;
&#13;
JUSTICIA Y CULTO&#13;
&#13;
-	Ley N°12366: Los miembros de los Institutos Armados que prestan servicios en empleos civiles gozan de jubilación, cesantía y montepío. Fecha: 28-6-1955.&#13;
&#13;
-	Resolución Suprema N°35: Facilidades a los empleados públicos en los contratos con el Centro Vacacional de Huampaní. Fecha: 19-7-1955.&#13;
&#13;
-	Decreto Supremo N°21: Prohibición de alquilar terrenos agrícolas de los institutos de tutela. Fecha: 8-9-1955.
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<pubDate>Sat, 01 Jan 1955 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">https://hdl.handle.net/20.500.12959/1435</guid>
<dc:date>1955-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Información extranjera</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12959/1434</link>
<description>Información extranjera
Caja Nacional de Seguro Social
En este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social:&#13;
&#13;
-	Organismos Internacionales&#13;
Se informa sobre los siguientes eventos: 38ª. Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo; Reunión de la Comisión de Industrias Químicas de la OIT; 6ª. Reunión de la Comisión Consultiva Asiática de la OIT; Ratificación de Convenios; Aplicación de Convenios; Ratificación de Acuerdos; 2ª. Reunión del Comité de Expertos del Seguro de Desempleo de la AISS; Reunión de la Mesa Directiva de la AISS; Primer Congreso Mundial de Previsión de Accidentes de Trabajo.&#13;
&#13;
-	Alemania: Subsidios familiares&#13;
El 19 de enero de 1955, en cumplimiento de la Ley del 13 de noviembre de 1954, entró en vigencia un sistema de subsidios familiares en la República Federal de Alemania.&#13;
&#13;
-	Austria:&#13;
1.	Subsidios familiares&#13;
Con fecha 15 de diciembre de 1954, se dictó en Austria una ley sobre adopción de medidas de compensación de cargas de familia que estableció un sistema de subsidios familiares para personas que trabajan por cuenta propia.&#13;
2.	Sistema complementario de pensiones en las empresas del hierro y del acero&#13;
Informa los beneficios que otorga el nuevo sistema.&#13;
3.	Cifras estadísticas de la Seguridad Social&#13;
Información estadística publicada por la Federación de Instituciones de Seguro Social de Austria y la Cámara Federal de Economía Industrial.&#13;
&#13;
-	Cuba: Nuevas Cajas de Seguro Social&#13;
Informa sobre las Cajas creadas por el gobierno de Cuba en 1954, siguiendo su política de crear cajas de seguro especiales para cada actividad económica.&#13;
&#13;
-	Estados Unidos:&#13;
1.	Los Seguros Privados durante el primer semestre de 1955&#13;
Información de las compañías de seguros y los pagos que realizaron por seguros de vida y seguro industrial.&#13;
2.	Cifras estadísticas de la Seguridad Social&#13;
Información estadística de los gastos en los programas de seguridad social de 1934 a 1954.&#13;
&#13;
-	Irán: Actividades de la Organización de Seguros Sociales en 1953-1954&#13;
Detalla las prestaciones abonadas por la Organización de Seguros Sociales de los Trabajadores.&#13;
&#13;
-	Rusia: Presupuesto de los Seguros Sociales&#13;
Informa sobre la administración financiera del seguro social en Rusia.&#13;
&#13;
-	Venezuela: Actividades del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales&#13;
Informa el crecimiento de las prestaciones durante el décimo año del Instituto de los Seguros de Enfermedad-Maternidad y de Accidentes y Enfermedades Profesionales.
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<pubDate>Sat, 01 Jan 1955 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">https://hdl.handle.net/20.500.12959/1434</guid>
<dc:date>1955-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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