Legislación social del Perú
Abstract
Se transcriben las siguientes normas legales:
- Resolución: Se multa a propietarios de fundos por incumplir disposiciones sobre
sembrío de productos de primera necesidad
Se indica los fundos y las multas impuestas a sus propietarios por no haber
cumplido con efectuar la inscripción correspondiente al año agrícola de 1938.
- Resolución: Dispensario central para niños
El 5 de octubre de 1938, se autorizó al Ministerio de Salud Pública, Trabajo y
Previsión Social, para que proceda al establecimiento de un Dispensario Central
para Niños, invirtiéndose en los gastos de instalación, dotación de Rayos X,
instrumental para servicios especiales y demás material necesario, así como gastos
de adaptación de local y traslado de las oficinas del Instituto Nacional del Niño,
hasta la suma de 32,000 soles oro.
- Resolución: El fondo de seguro por accidentes del trabajo
El 14 de octubre de 1938 se dispuso que las Compañías de Seguros de accidentes
del trabajo dieran cuenta, dentro del plazo de treinta días, a la oficina del Fondo de
Garantía 1 de la Dirección de Previsión Social, de la totalidad de las empresas
aseguradas contra accidentes del trabajo, el valor de las pólizas, la fecha de su
vencimiento y la extensión del riesgo cubierto. Información necesaria para el
cumplimiento de las funciones de la oficina del Fondo.
- Ley N° 8756: Se crea en el departamento de Ayacucho el Servicio Antimalárico
El 13 de octubre de 1938 se creó el Servicio Antimalárico, que funcionaría como
una dependencia de la Dirección General de Salubridad Pública, en Ayacucho. Se
dispone la reglamentación de sus funciones, la subvención que le destinaría el
gobierno y la construcción y sostenimiento de un hospital.
- Ley N° 8750: Adjudicación de un terreno a la Caja Nacional de Seguro de Ica
Se adjudicó a la Caja Nacional de Seguro Social, 2,001 m2. de terreno, parte del
cuadrilátero marcado en el respectivo plano de la urbanización del Fundo San
Miguel, contiguo a la ciudad de Ica, con los que se completa el área necesaria para
la construcción iniciada del Policlínico y Hospital Mixto. Se dispone una
compensación de 2 soles oro por metro cuadrado a favor del Colegio Nacional San
Luis Gonzaga.
- Ley N° 8745: Se autoriza a las Municipalidades y corporaciones oficiales a vender,
sin subasta, a la Caja Nacional de Seguro Social
Dispone que los inmuebles pertenecientes a las municipalidades, establecimientos
públicos de instrucción, sociedades de beneficencia, y demás corporaciones
oficiales con personalidad jurídica que el Consejo Directivo de la Caja Nacional del
Seguro Social considere necesarios para la construcción de los edificios que
requiera el cumplimiento de los fines que le señala la ley, podrán ser vendidos por
la respectiva corporación sin el requisito de la subasta pública establecido en las
leyes particulares correspondientes y en los artículos 1443 y 1 444 del Código Civil,
previo avalúo.
- Ley N° 8759: El servicio médico-escolar es transferido al Ministerio de Salud
Pública, Trabajo y Previsión Social
Se transfiere el Servicio de Sanidad Escolar, con su personal y presupuesto, del
Ministerio de Educación Pública al de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social. El
indicado servicio formará una Sección del Instituto Nacional del Niño, comprendido
en la Dirección General de Salubridad Pública.
Collections
- 1938 [119]