Información Extranjera
Abstract
En este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social:
- Organismos Internacionales
Se informa las siguientes noticias: la ratificación de 4 convenios internacionales de trabajo por parte de Austria en 1951; en 1951 Bélgica e Israel fueron aceptados como miembros de la A.I.S.S.; información sobre la Quinta Conferencia Regional Americana de la O. l. T.; creación de la Oficina Iberoamericana de Seguridad Social y de la Comisión Ibero-Americana de Seguridad Social en 1951.
- Bélgica: Reformas en el sistema de seguridad social
En 1951 se modificó la legislación en lo que atañe al régimen de cotizaciones a cargo de los asegurados y empleadores, subsidios del Estado y tasas de prestaciones. Simultáneamente se ampliaron diversos aspectos del sistema.
- China: Seguro Obrero
Informa algunos datos de la acción de la Caja de Seguro Obrero en 1950.
- Francia: Restablecimiento financiero de la seguridad social
Con una Ley fechada el 19 de setiembre de 1951, se introdujo diversas medidas modificatorias destinadas a restablecer el régimen de la seguridad social.
- Gran Bretaña:
1. Prestaciones por daños causados en el empleo
Entró en vigencia un programa destinado a la concesión de prestaciones con cargo al Fondo de Daños, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Asimismo, se informan prestaciones suplementarias.
2. Modificación de la ley británica sobre seguro nacional.
3. Aumento de las tarifas de asistencia nacional, que entró en vigencia en 1951.
- Grecia: Reforma del régimen de Seguro Social
Una nueva ley de 1951 incorporó el Seguro de Desempleo al régimen existente sobre Seguro Social, extendiendo el sistema a diversas categorías de trabajadores anteriormente excluidas. Asimismo, se aumentó el monto de las prestaciones.
- Luxemburgo:
1. Creación de la Caja de Pensiones para Artesanos en 1951.
2. Seguro de enfermedad de funcionarios y empleados
El 29 de agosto de 1951 se estableció el Seguro de Enfermedad en favor de los magistrados, funcionarios, agentes y empleados del Estado, con inclusión del personal de enseñanza profesional, primaria y superior, miembros de carrera de las fuerzas armadas, ministros del culto, empleados municipales y asimilados; empleados de ferrocarriles; empleados privados y pensionados.
- Países Bajos: Subsidios por hijos a los trabajadores independientes
Por ley del 14 de junio de 1951, que entró en vigor el 19 de setiembre del mismo año, se instituyó en los Países Bajos, un régimen temporal para la concesión de subsidios familiares a los trabajadores independientes de pocos recursos, los que serían pagados con fondos públicos.
Collections
- 1952 [30]