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dc.contributor.authorHomes, León L.
dc.contributor.authorCaja Nacional de Seguro Social
dc.date.accessioned2021-01-27T16:37:38Z
dc.date.available2021-01-27T16:37:38Z
dc.date.issued1954
dc.identifier.citationRevista de Informaciones Sociales. 1954; 9(2).es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12959/1392
dc.description.abstractEl autor, Secretario General-Director de la Asociación de Cajas de Asignaciones Familiares de Bélgica, informa sobre la experiencia belga de las asignaciones familiares, de qué principios ha partido y cómo era en ese momento uno de los cinco grandes sectores del régimen de la Seguridad Social. Fue en 1922 que en Bélgica la "élite" de los patronos comenzó a instituir espontáneamente Cajas de Compensación, destinadas a aportar a los trabajadores con cargas de familia, el apoyo que las circunstancias nacidas de la guerra hacían más imperioso que nunca. Los empleadores que estimaban conveniente procurar a los trabajadores cargados de hijos un suplemento a sus recursos, se dieron cuenta de que no era posible que ellos lo pagaran directamente. En efecto, aquellos empleadores que por azar hubieran contratado una proporción más grande de trabajadores padres de familia que otros, habrían tenido cargas más grandes. Tuvieron entonces la idea de convenir libremente entre empleadores con las mismas intenciones, pagar a una Caja común, creada por ellos, una misma cotización por trabajador, casado o soltero, cargados o no de niños. Por medio de estos recursos, la Caja común pagaría ella misma directamente a los trabajadores, las asignaciones familiares convenidas. La fijación de la cotización era libremente convenida entre los empleadores y necesariamente variaba según los casos, porque las cotizaciones dependían de la suma necesaria para asegurar el equilibrio de los pagos de la Caja respectiva, y ni la tasa de las asignaciones familiares, ni la proporción de padres de familia eran evidentemente las mismas en cada Caja libre. La obra prosperó tanto que la legislación, en 1928, decretó que todo contratista de trabajos para los poderes públicos debería estar afiliado a una Caja de Compensación de su elección, sometida para este efecto a ciertas condiciones de admisión. Posteriormente, la Ley del 4 de agosto de 1931, impuso en adelante a todo empleador del comercio, de la agricultura o de la industria, la afiliación a una Caja de Compensación, de su elección. En adelante y de una manera general todos los trabajadores asalariados, se beneficiaron con asignaciones familiares, sobre la base de una tarifa nacional. La cotización fue igualmente unificada y fijada al mismo tiempo que su monto por día y por cada obrero ocupado (cotización per-cápita). Desde 1945 el régimen belga de las asignaciones familiares está articulado sobre el más general de Seguridad Social, al menos e n lo que concierne a los trabajadores asalariados. Las cotizaciones que los empleadores debían entregar a la Caja de Compensación de su elección para su personal asalariado, están ahora incluidas en la cotización general que les toca entregar trimestralmente a la Oficina Nacional de la Seguridad Social. Se explica brevemente en qué consiste el régimen de la Seguridad Social en Bélgica y las bases de las asignaciones familiares que se otorgan. Concluye que la obra emprendida hace treinta años, ha triunfado y ese éxito, en gran parte, se debe a la sagacidad del legislador que juzgó conveniente, cuando se estableció el régimen legal, dejar a las Cajas espontáneamente creadas, pero en adelante debidamente afiliadas, el cuidado de asegurar la gestión del régimen. Esta gestión se reveló razonable y económica.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherSeguro Social de Salud (EsSalud)es_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.subjectAsignaciones familiareses_PE
dc.subjectSeguridad sociales_PE
dc.subjectBélgicaes_PE
dc.titleLas asignaciones familiares en la seguridad social de Bélgicaes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02es_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.05es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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