El seguro obligatorio de enfermedad-invalidez en Bélgica
Abstract
En la edición número 1, correspondiente a enero-marzo de 1954, se publicó un artículo donde se expuso la estructura del Seguro Obligatorio en caso de enfermedad o de invalidez en Bélgica, lo mismo que la naturaleza de las diversas ventajas de las cuales se benefician los asegurados obligatorios, tanto en lo referente al cuidado de la salud, como en lo referente a las indemnizaciones por incapacidad del trabajo. Continuando con el tema, el presente artículo, tiene por finalidad analizar las condiciones que los asegurados obligatorios deben reunir para gozar de esas ventajas.
Recuerda que están comprendidos en el régimen de Seguros Obligatorios, todos los trabajadores que tienen contrato de servicios, sólo quedaron excluidos del régimen obligatorio, los trabajadores domésticos, los empleados en empresa familiar y los aprendices.
Todos los asegurados obligatorios cotizan al Seguro Social de los trabajadores, el cual fue instituido en Bélgica por Decreto Ley de 28 de diciembre de 1944. Las cotizaciones sociales las retienen los empleadores, cuando pagan los salarios.
No basta abonar su cotización al Seguro Social, para tener derecho de asegurado en cuanto al Seguro de Enfermedad-Invalidez, también se necesita que el trabajador escoja un organismo asegurador. Una vez escogido éste, se necesita que el trabajador, antes de poder beneficiarse con los cuidados de la salud o las indemnizaciones por incapacidad de trabajo, haya efectuado un trabajo asalariado durante un período de tres meses si tiene menos de 25 años, y de 6 meses si tiene 25 o más años.
Se cuenta el período de tres a seis meses de trabajo efectivo de fecha a fecha. No se trata, por consiguiente, de tres o seis meses calendarios. Esto quiere decir que una persona de menos de 25 años, que el 15 de mayo comienza a ejercer una profesión que la sujeta, según la edad, al Seguro Social, puede tener derecho a los cuidados de la salud en caso de enfermedad y a las indemnizaciones por incapacidad de trabajo, desde el 15 de agosto, si durante este período ha trabajado efectivamente sesenta días.
El otorgamiento de la indemnización por descanso en los casos de parto, está subordinado a la siguiente condición: la trabajadora debe contar por lo menos en su haber, de 10 meses de asegurada el día del parto.
La indemnización funeraria se da si el asegurado cuenta, por lo menos, con 6 meses de afiliado al día de su muerte.
Además del Seguro Obligatorio, existe en Bélgica un seguro Libre, que tiene como objeto principal atender al cuidado de la salud. Aquellas personas que no están sujetas al seguro obligatorio pueden suscribirse al seguro Libre. Si una persona se hubiera inscrito en el seguro Libre antes de pertenecer al seguro obligatorio, no pierde las ventajas adquiridas. Si en el momento de pertenecer al seguro obligatorio, tiene por lo menos dos años de afiliado, de inmediato se beneficia de los cuidados de salud a cargo del seguro obligatorio, sin verse obligado a la espera de 3 ó 6 meses.
Finalmente informa que los asegurados pensionados tienen derecho a los cuidados de la salud gratuitamente, si tienen un cierto número de años de asegurados obligatorios o mediante el pago de una cotización reducida si no cumplen con esta condición.
Collections
- 1954 [29]