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dc.contributor.authorCaja Nacional de Seguro Social
dc.date.accessioned2021-03-21T13:24:51Z
dc.date.available2021-03-21T13:24:51Z
dc.date.issued1958
dc.identifier.citationRevista de Informaciones Sociales. 1958; 13 (1).es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12959/1511
dc.description.abstractEn este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social: - Organismos Internacionales Se informa sobre los siguientes eventos y actividades: Admisión de la Federación Malaya en la Organización Internacional del Trabajo; 137ª. Reunión del Consejo de Administración de la OIT; Ratificación de Convenios de la Organización Internacional del Trabajo; Aplicación de Convenios; Undécima Asamblea Mundial de la Organización Mundial de la Salud; Programa y Presupuesto para 1958 y 1959 de la Oficina Sanitaria Panamericana. - Argentina: 1. Asignaciones familiares a los servidores del Estado Con el Decreto N°14984, del 12 de noviembre de 1957, se dispuso que todo el personal de la Administración Nacional, entes autárquicos y descentralizados, y en general de todos los organismos estatales y empresas del Estado, perciban a partir del 19 de noviembre de·1957 una asignación familiar mensual de 150.00 pesos argentinos por cada hijo a su cargo, menores de 15 años o incapacitados. Asimismo, informa el personal que no está comprendido en esta disposición. 2. Reglamentación de la provisión de aparatos de prótesis por accidentes de trabajo Con fecha 6 de noviembre de 1957, se dictó la Resolución N°493, que señala las normas a que deben sujetarse los empleadores para proveer y renovar los aparatos de prótesis y de ortopedia destinados a los accidentados de trabajo. Explica que los aparatos que se refieren son aquellos que sirven para suplir la falta de los órganos afectados como consecuencia de un accidente, o para corregir deficiencias o incapacidades físicas del sujeto, aunque las mismas no fueran consecuencias del accidente. Informa algunos aspectos del Reglamento. - España: Seguro de enfermedad para les trabajadores eventuales agropecuarios Por Decreto del Ministerio de Trabajo, de fecha 18 de octubre de 1957, se dispuso que a partir del 19 de abril de 1958, el Seguro Obligatorio de Enfermedad se extendería a los trabajadores· agropecuarios eventuales; de acuerdo con el Censo Laboral Agrícola. Esta extensión se realizaría en forma gradual, con arreglo a la modalidad que determine el Ministerio. Informa sobre las cotizaciones de las empresas y los trabajadores; y las prestaciones. - Francia: Asamblea General de la Federación Nacional de Organismos de la Seguridad Social La Asamblea se celebró en París entre los días 20 y 21 de noviembre de 1957, con el objetivo de alcanzar el perfeccionamiento continuo de la legislación de seguridad social, reafirmando las posiciones generales adoptadas por las asambleas anteriores y llamando especialmente la atención de los poderes públicos para la solución de los problemas que confrontaba la Federación. Se adoptaron diversas resoluciones en orden a los cuatro puntos de la agenda: a) honorarios médicos; b) fondo de solidaridad; c) reforma hospitalaria; d) equilibrio financiero. Sobre este último punto explica dos acuerdos de la Asamblea. NOTA: Falta la página 88es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherSeguro Social de Salud (EsSalud)es_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.subjectSeguridad sociales_PE
dc.subjectSalud públicaes_PE
dc.subjectExtranjeraes_PE
dc.titleInformación extranjeraes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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