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dc.contributor.authorAlvarez Andrews, Jorge
dc.contributor.authorCaja Nacional de Seguro Social
dc.date.accessioned2021-03-21T16:42:05Z
dc.date.available2021-03-21T16:42:05Z
dc.date.issued1958
dc.identifier.citationRevista de Informaciones Sociales. 1958; 13 (3).es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12959/1522
dc.description.abstractSe analiza la valoración de la invalidez bajo dos aspectos: la evaluación cualitativa de la incapacidad y la evaluación cuantitativa del grado de invalidez. Explica que la evaluación cualitativa constituye la parte fundamental del proceso y es ella precisamente la que ha evolucionado más rápidamente en nuestras legislaciones. Distingue los criterios siguientes: Apreciación médica; criterio de duración de la incapacidad; criterio del empleo del inválido o la incapacidad para realizar el trabajo en el que el asegurado estaba empleado; criterio económico en la evaluación de la incapacidad o las repercusiones sobre la capacidad de ganancia del trabajador. Señala que la evaluación cuantitativa del grado de invalidez es una operación muy compleja que conviene analizar detalladamente, por lo que se estudia bajo dos aspectos: el campo de aplicación de la prestación y la intensidad de la incapacidad. Asimismo, analiza la pensión de jubilación por vejez. Indica que cuando este tipo de jubilación fue instituido, los cálculos actuariales habían sido hechos en el cuadro de un régimen económico estable; desgraciadamente dada la situación económica de inflación que reinaba en toda la América Latina y en una gran parte de Europa, estos cálculos eran en esos momentos insuficientes y el Estado se vio obligado a asumir el financiamiento de esta categoría de pensiones que, por intermedio de la fiscalidad pesaba sobre el conjunto de la población. Al autor le parece inconcebible este estado de cosas puesto que permite a un funcionario que gozaba de perfecta salud recibir una pensión y a la vez seguir trabajando en otro sector de actividad. Si se considera este problema desde el punto de vista estrictamente social, se debería estimar que la seguridad social tiene por objeto mantener activo al individuo y si es cierto que una desgracia puede suceder inesperadamente; el mecanismo de la Seguridad Social debía ser suficiente para asegurar la reparación del accidente y dar una protección que permita a la víctima estar libre de la necesidad. Desgraciadamente no era ese el caso y para poder gozar de asistencia económica era necesario que el interesado llenara un cierto número de condiciones de orden administrativo, sin ello el accidentado se encontraba sin protección. Recomienda tener en cuenta en la legislación una clasificación de los diversos grados de incapacidad. Finalmente, presenta algunas recomendaciones sobre la evaluación de la invalidez, como las siguientes: 1. Dada la diversidad de criterios utilizados, los diversos países y las Cajas de Previsión deberían adoptar un criterio uniforme, ya que el mejor parece ser el que descansa sobre la evaluación de la invalidez en función de la aptitud para ganar un salario. 2. Considerando que en muchos casos se puede mejorar el estado de los inválidos gracias a los nuevos métodos terapéuticos o por medio de métodos de reclasificación, los inválidos deberían ser controlados periódicamente, así como las pensiones que dejarían de ser vitalicias para estar sujetas a revisión. 3. Dado que existen numerosos casos de afiliados inválidos parciales, cabe determinar al mismo tiempo cuál es el grado de invalidez o el de capacidad física utilizable para que el inválido pueda aprovechar de los métodos de readaptación o de reclasificación que le permitan completar los ingresos necesarios a sus necesidades.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherSeguro Social de Salud (EsSalud)es_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.subjectEvaluaciónes_PE
dc.subjectIncapacidades_PE
dc.titleEvaluación de los porcentajes de incapacidades_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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