Información extranjera
Abstract
En este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social:
- Organismos Internacionales
Informa sobre los siguientes eventos y actividades: Admisión de Venezuela en la Organización Internacional del Trabajo; 42ª. Conferencia Internacional del Trabajo; XIII Asamblea General de la Asociación Internacional de la Seguridad Social; Reunión del Consejo de la Asociación Internacional de la Seguridad Social;
- Conclusiones y recomendaciones adoptadas en la XIII Asamblea General de la Asociación Internacional de la Seguridad Social
Se reproduce la versión íntegra de todas las conclusiones y recomendaciones adoptadas por la Asamblea General, celebrada en la ciudad de Londres del 12 al 22 de mayo de 1958. Son: la Resolución sobre la Colaboración Mutua; las Conclusiones sobre el Seguro de Enfermedad; la Resolución sobre la creación de Mutualidades en las regiones insuficientemente desarrolladas; las Conclusiones sobre la Protección contra el Desempleo de los trabajadores agrícolas; las Conclusiones sobre la Protección contra el Desempleo de los trabajadores de la construcción; las Conclusiones sobre la Función del Niño en la adquisición del derecho a las Asignaciones Familiares; y las Conclusiones sobre el Seguro de Vejez. Este último se divide en dos informes: unos sobre Europa, Medio Oriente y África y otro sobre América, Asia y Oceanía.
La Asamblea General convencida de que el intercambio de experiencia y la relación personal entre expertos que posibilita la A.I.S.S. permiten alcanzar los objetivos que se ha fijado esta Asociación, según lo dispuesto por su Constitución; invitó a todas las organizaciones afiliadas a intensificar su colaboración mutua en materia de seguridad social, de nación a nación, ayudando así a lograr resultados óptimos en cuanto al perfeccionamiento de la seguridad social en el mundo; y encargó a la Mesa Directiva de la A.I.S.S. que someta en 1959 a la reunión del Consejo de la A.I.S.S. sugestiones concretas para tomar medidas que faciliten las relaciones entre expertos y el intercambio directo de su experiencia administrativa, conforme a las necesidades o a los deseos de los organismos administradores de la seguridad social.
Finalmente, el informe del seguro de vejez en América, Asia y Oceanía indica que la amplitud de este estudio, basado en las respuestas al cuestionario, era, sin duda, esencial para esta primera discusión en el seno de la Asociación Internacional de Seguridad Social; y parece evidente que todo estudio posterior referente a las pensiones de vejez debería enfocarse en aspectos específicos de dichos regímenes como en el cálculo de las prestaciones, el requisito del cese de todo trabajo profesional o lucrativo, la diferencia entre la edad mínima que han de cumplir los hombres y las mujeres para cobrar sus pensiones. Explica que los estudios intensivos de esta índole redundarían en beneficio de todos y permitirían hallar soluciones a los problemas que se deben hacer frente para proporcionar la seguridad económica más cabal a aquellos que no pueden trabajar, siendo ya de edad, en el entendido de que habremos de tener en cuenta tanto las necesidades de los asegurados como las responsabilidades financieras que recaen sobre la población trabajadora.
Collections
- 1958 [30]