dc.description.abstract | Informa sobre el riesgo de enfermedad en el seguro social obligatorio y su correlación con las prestaciones farmacéuticas.
En esta primera parte del artículo, se inicia revisando el origen, obra y organización del seguro social, la historia del seguro social en el Perú, y luego analiza el riesgo de enfermedad y su correlación con las prestaciones farmacéuticas, el ejercicio de la práctica farmacéutica en los seguros sociales, el servicio de farmacia en un hospital y particularmente en los hospitales obreros del país; y, finalmente, sobre el suministro de medicamentos.
Informa que Los riesgos que el Seguro Social Obrero peruano cubre son los de Enfermedad, Maternidad, Invalidez, Vejez y Muerte. El Seguro de Enfermedad comprende la asistencia médica y terapéutica; y la reparación del daño económico emergente mediante subsidios. Sobre las proyecciones del Hospital Obrero de Lima indica que este nosocomio es mixto, construido sobre un área de 42,046.37 m2, con capacidad para 850 camas, y que, además, en él se proporciona asistencia ambulatoria mediante consultorios externos para todas las especialidades y un servicio adecuado rural y domiciliario. Las cifras estadísticas registradas en el año 1948, dieron un total de 135,352 asegurados en la provincia de Lima, radio de acción del Hospital Obrero. Sobre ese total de asegurados se atendieron en los consultorios externos y servicio domiciliario 380,237 consultas, y fueron hospitalizados en los distintos servicios 8,849 pacientes. En el año 1956 el número de asegurados ascendió a 195,848, lo que representa un aumento de 4.5%, y las consultas en los consultorios externos y servicio domiciliario se elevaron a 637,691, con 60% de aumento, siendo los hospitalizados 13,273, o sea 50% de aumento. Fácil es advertir el incremento de la población de asegurados y por tanto el número mayor de pacientes atendidos, lo que motivó importantes reformas y extensión de servicios para acondicionar el Hospital Obrero a las necesidades cada vez más crecientes, a la vez que incorporar nuevos servicios y equipos fruto del avance de la técnica médica y quirúrgica. El Seguro Social Obligatorio del Perú, otorga prestaciones de farmacia en virtud de lo dispuesto por las leyes 8433 y 8509, que disponen la obligatoriedad del suministro de los elementos terapéuticos indicados en cada caso por los médicos, incluyéndose sueros, vacunas, inyectables, etc.
Finaliza esta parte, señalando las indiscutibles ventajas que ofrece para el ejercicio de la medicina, que las instituciones de seguridad social posean hospitales propios, máxime en los países donde el déficit de los servicios hospitalarios es ostensible o donde el standard de éstos no corresponde al avance de la técnica moderna. Es difícil conciliar los intereses privados con los que emanan de la colectividad que reclama un derecho, superior a todas las razones, por elevadas que sean, cuando está en juego, la salud, la vida y la felicidad de la nación. La protección social de los trabajadores debe ser amplia y efectiva para cubrirlos de los riesgos, para dejarlos a salvo del infortunio, de la inseguridad que traen consigo la enfermedad y la propia maternidad. Los hospitales propios tienen muchas ventajas que anotar, sus servicios son oportunos y más completos; permiten la selección de su cuerpo médico y la incorporación frecuente de nuevas especialidades, ventajas superiores en equipos y facilidades administrativas que dan una técnica de alta asistencia, lo que se traduce en mayor confianza y en positivo interés del enfermo. La experiencia que tuvo el enfermo durante el tiempo de su hospitalización, influye para que acepte de buen grado el control a través de los consultorios externos y acoja con simpatía la prescripción de medicamentos. | es_PE |