dc.description.abstract | Informa las siguientes noticias nacionales sobre seguridad social y salud pública:
- Labor cumplida por el Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social durante los años 1959, 1960 y 1961
Se ofrece una síntesis de la labor cumplida por el Fondo durante los años indicados en el título, en los distintos aspectos de su gestión, que son los siguientes:
a) Construcción y equipamiento de hospitales y postas médicas en todo el país. Se reseña las labores cumplidas e inversiones en el Hospital General de Ilo, Hospital Materno Infantil de Bellavista en el Callao, Hospital Goyeneche de Arequipa, Hospital Belén en Trujillo, Hospital Materno-Infantil de San Bartolomé en Lima, Hospital de Juanjuí en San Martín, Hospital de Rioja en Cajamarca, Hospital de Huamachuco en Trujillo, Hospital del Niño en Lima, Hospital de Tingo María, Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima, Unidad Sanitaria de Chincha en Lima, Hospital General Docente de Arequipa, Hospital de Tarma, Hospital de Matucana; y la construcción y equipamiento de diversas postas médicas y sanitarias, centros de salud y asistencias públicas.
b) Aportes y subvenciones a diversas entidades y servicios para que puedan dar cabal cumplimiento a sus funciones
Presenta un cuadro que reseña el monto de los aportes y subvenciones efectuado por el Fondo en el curso del trienio 1959-1961.
c) Bienestar Social
Informa que el Fondo desarrolló estudios, investigaciones e inversiones relacionados con la política de vivienda, la demografía, condiciones económicas, escolaridad, migraciones, ocupación, barriadas, entre otros.
- Creación del Servicio Especial de Salud Pública
Con la Ley N°13908, del 25 de enero de 1962, se creó el Servicio Especial de Salud Pública, anexo al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Se informa sus funciones.
- Sanciones a los infractores de obligaciones alimentarias
La Ley N°13906, del 24 de enero de 1962, estableció sanciones penales a quienes infrinjan las obligaciones alimentarias para con sus hijos, ascendiente inválido o necesitado, o al cónyuge indigente no separado legalmente por su culpa.
- Modificación del régimen de indemnizaciones por tiempo de servicios para los obreros
Informa sobre el aumento a 30 jornales del monto de la indemnización que los empresarios debían abonar a sus obreros, por cada año de servicios, al momento de su retiro o cese voluntario en el trabajo, dispuesto por la Ley N°13842. Se han equiparado los beneficios a los que percibían los empleados.
- Nuevas disposiciones sobre la acumulación de cargos médicos y la reglamentación del trabajo médico
Informa que fueron promulgadas en junio y julio de 1961, por el Poder Ejecutivo, a través del ramo de Salud Pública y Asistencia Social, importantes disposiciones tendientes a evitar la acumulación de cargos médicos al servicio del Estado, y a la provisión de todas las plazas por concurso. | es_PE |