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dc.contributor.authorCaja Nacional de Seguro Social
dc.date.accessioned2021-04-17T18:00:50Z
dc.date.available2021-04-17T18:00:50Z
dc.date.issued1962
dc.identifier.citationRevista de Informaciones Sociales. 1962; 1 7(2).es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12959/1647
dc.description.abstractInforma las siguientes noticias nacionales sobre seguridad social y salud pública: - Promulgación del Código de Menores Con un Decreto Supremo del 2 de mayo de 1962, se promulgó el Código de Menores, que debía entrar en vigencia el día 1° de julio de 1962. La promulgación se efectuó a través del Ministerio de Justicia y Culto, conforme a la autorización concedida por el Congreso por Ley N°13968, y sobre la base del proyecto definitivo elaborado por las Comisiones Parlamentarias, con las modificaciones adjetivas propuestas por una Comisión revisora integrada por dos Diputados y un Senador y dos miembros designados por el Ejecutivo. El artículo presenta una síntesis de los alcances, organismos, jurisdicción y regímenes aplicables del Código. Se fundamenta en los artículos 51 y 52 de la Constitución del Estado, con el objetivo de formular la doctrina, el procedimiento y la ejecución de las medidas tutelares que deben aplicarse al menor que requiera asistencia de carácter protector. - El Servicio Nacional de Aprendizaje y Trabajo Industrial (SENATI) Con un esfuerzo de la industria manufacturera y por la Ley N°13771 se creó el SENATI, con la finalidad de compensar el atraso en que se encontraba el Perú con respecto a la calidad y cantidad de mano de obra industrial. Sus funciones son: el perfeccionamiento y especialización de los obreros y empleados de la Industria Manufacturera; y la formación de los aprendices. El día 2 de noviembre de 1961 se inició el primer curso de Pre-Adiestramiento, destinado a formar a quienes enseñarán a los obreros y a los aprendices. - El Costo de la Vida en Lima Presenta un cuadro demostrativo del crecimiento del índice del costo de la vida en Lima, correspondiente al primer semestre de 1962, confeccionado sobre la base de los datos proporcionados por la Dirección Nacional de Estadística, del Ministerio de Hacienda y Comercio. - Informe de la Comisión encargada de estudiar la situación de los profesionales médicos para el desempeño de cargos públicos Presenta el informe de la Comisión, en texto completo, entregada al Ministro de Salud Pública y Asistencia Social el día 30 de abril de 1962. La Comisión estudió los casos de 233 profesionales de la salud incursos en el Decreto Supremo N°30-62 DGS, referente a la incompatibilidad para el desempeño de cargos públicos y cobro de pensión. Informa las diversas situaciones evaluadas y la pronunciación de la Comisión. Se incluye un anexo con la opinión de la Comisión sobre el Decreto Supremo del 3 de marzo de 1962, expedido por el Ministerio de Educación Pública, cuya parte considerativa expresa que los profesionales Médicos y Odontólogos al servicio de la Educación Pública, están obligados además de las funciones propias de la especialidad, a desarrollar una labor complementaria de carácter docente dictando cursillos de Higiene Escolar, Profilaxis de Enfermedades, Alimentación y otros temas, y cuya parte dispositiva establece que todos los profesionales citados ejercen funciones docentes.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherSeguro Social de Salud (EsSalud)es_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.subjectSeguridad sociales_PE
dc.subjectSalud públicaes_PE
dc.subjectPerúes_PE
dc.titleInformación nacionales_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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