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dc.contributor.authorCaja Nacional de Seguro Social
dc.date.accessioned2021-04-17T18:10:30Z
dc.date.available2021-04-17T18:10:30Z
dc.date.issued1962
dc.identifier.citationRevista de Informaciones Sociales. 1962; 17 (2).es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12959/1651
dc.description.abstractEn esta sección se publicó el texto completo de los instrumentos internacionales en materia de seguros sociales, suscritos por el Perú con la Organización Internacional del Trabajo. Son los siguientes: - Convenio Internacional N°24: Sobre el Seguro de Enfermedad de los trabajadores de la industria, del comercio y del servicio domestico Este Convenio fue aprobado en el país con la Resolución Legislativa N°10195, de 23 de marzo de 1945 y se registró su ratificación el 8 de noviembre de 1945. El Convenio se adoptó por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, que se reunió en Ginebra el 25 de mayo de 1927, después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al seguro de enfermedad de los trabajadores de la industria, del comercio y del servicio doméstico, y después de haber decidido que dichas proposiciones revestían la forma de un convenio internacional. Se aprobó con fecha 15 de junio de 1927. - Convenio Internacional N°25: Sobre el Seguro de Enfermedad de los trabajadores agrícolas En la Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo del 25 de mayo de 1927, después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al seguro de enfermedad de los trabajadores agrícolas, se decidió que dichas proposiciones revestían la forma de un convenio internacional, que se aprobó con fecha 15 de junio de 1927. El Convenio fue aprobado en el país con la Resolución Legislativa N°13284, del 9 de diciembre de 1959 y se registró su ratificación el 12 de enero de 1960. - Convenio Internacional N°35: Relativo al Seguro Obligatorio de Vejez de los asalariados en las empresas industriales y comerciales, en las profesiones liberales, en el trabajo a domicilio y en el servicio domestico En la XVII Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo del 8 de junio de 1933, después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al seguro obligatorio de vejez, se decidió que dichas proposiciones revestían la forma de un convenio internacional, que se aprobó con fecha 29 de junio de 1933. Este Convenio fue aprobado en el Perú con la Resolución Legislativa N°10195, del 23 de marzo de 1945 y se registró su ratificación el 8 de noviembre de 1945 - Convenio Internacional N°36: Relativo al Seguro Obligatorio de Vejez de los asalariados en las empresas agrícolas En el Perú este Convenio se aprobó con la Resolución Legislativa N°13284 del 9 de diciembre de 1959 y se registró su ratificación el 12 de enero de 1960. El Convenio se adoptó por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, que se reunió en Ginebra el 8 de junio de 1933, después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al seguro obligatorio de vejez, cuestión que está comprendida en el segundo punto del orden del día de la reunión, y después de haber decidido que dichas proposiciones revestían la forma de un convenio internacional. Se aprobó con fecha 29 de junio de 1933.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherSeguro Social de Salud (EsSalud)es_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.subjectSeguridad sociales_PE
dc.subjectOrganización Internacional del Trabajoes_PE
dc.titleDocumentos Internacionaleses_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE


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