dc.description.abstract | En esta sección se encuentra el artículo que informa sobre el proceso de ejecución cumplido
por la Caja Nacional de Seguro Social, desde la promulgación de la Ley N° 8433 el 12 de agosto
de 1936. Se hace un análisis de la Ley y su ejecución y se informa sobre los aspectos que
atendió el periodo de organización de la Caja.
La Constitución Política de 1933 dice en su art. 48 que se establecerá un régimen de previsión
de las consecuencias económicas de la desocupación, edad, enfermedad y muerte, y el
Gobierno al dictar la Ley del Seguro Social Obligatorio cumplió con el imperativo constitucional
hasta entonces postergado. Para el establecimiento del seguro social, el Gobierno encomendó
al Dr. Edgardo Rebagliati estudiar el régimen de los seguros sociales mediante una observación
directa en lugares donde ya se había establecido, visitando Argentina, Chile y Uruguay. En esa
labor previa se contó con el asesoramiento del técnico actuarial Dr. Franz Schruefer.
Con la información obtenida, el Ejecutivo remitió al Congreso el proyecto de ley de Seguro
Social Obligatorio en noviembre de 1935 y previo dictamen de las respectivas Comisiones y
después del estudio que realizó una Comisión Mixta Parlamentaria y del Ejecutivo, se
promulgó la Ley N° 8433. Luego se decretaron diversas disposiciones gubernamentales sobre
su aplicación y finalmente, se dictó la Ley N° 8509, del 23 de febrero de 1937, que
complementó y amplió la ley. No se trató de modificaciones sustantivas, el sistema fue el
mismo determinado por la Ley N° 8433, lo que se hizo fue adaptarlo a la realidad del medio
ambiente, la realidad peruana pertenecía en varios aspectos al campo de las conjeturas y se
hizo necesario ir ajustando el régimen de la ley a las características de esa realidad.
El mismo día de la promulgación de la Ley N° 8433 el Gobierno encomendó al entonces
Director de Previsión Social, Dr. Edgardo Rebagliati, la organización de la Caja Nacional de
Seguro Social. Se debió organizar una planta administrativa con empleados y materiales de
trabajo para cumplir con el plan de actividades y realizar el siguiente trabajo: solucionar los
problemas técnicos mediante la ampliación matemática, determinar las modalidades de
trabajo en todo el país de acuerdo a la realidad peruana, instruir, explicar y divulgar la ley a la
ciudadanía.
La Caja realizó estudios estadísticos para conocer exactamente cuál era el movimiento
hospitalario del Perú, el porcentaje de obreros asistidos, el costo por enfermedad, las
enfermedades más frecuentes y su duración, porcentajes de natalidad, morbilidad y
mortalidad de los trabajadores, entre otros datos. Así, el Archivo Económico-Social de la
institución estuvo capacitado para proporcionar y confrontar información de nuestra realidad
y nuestra ley con las experiencias que ocurren en el mundo.
Los trabajadores del Departamento de Inspección visitaron los centros de trabajo divulgando la
ley de seguro social y se afirma que los obreros inscritos en los Registros de la Caja dominan
perfectamente los articulados de las leyes que rigen el sistema del seguro obligatorio.
Respecto a la obra asistencial, la Caja terminó el plan de formación de sus servicios
asistenciales en Lima, proyectando la construcción de un Hospital Mixto con capacidad no
menor de 500 camas y secciones especiales para varones, mujeres y adolescentes; un
consultorio central y un grupo de puestos de atención médica rural. Esta obra que aprobó el
consejo Directivo de la Caja, tiene resuelto su financiamiento y sus proyecciones
cuidadosamente examinadas.
Finalmente, en esta sección se informan datos sobre la recaudación de impuestos y cuotas
patronales hasta agosto de 1937, así como cantidades mensuales de inscripción de
asegurados. | es_PE |