El salario en la legislación mexicana; estudio comparado
Date
1938-03Author(s)
Tissembaum, Mariano R.
Caja Nacional de Seguro Social
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Estudio sobre la legislación mexicana del salario, que incluye el concepto del salario, las circunstancias determinantes del monto del salario, las normas relacionadas a la época, lugar y forma de pago. También se analizan los privilegios del salario y el concepto, garantías y comisiones especiales del salario mínimo.
Sobre el concepto del salario, se destacan dos aspectos del contenido de la Ley Federal del trabajo, vigente desde el año 1931: a) el concepto jurídico, y b) el concepto social. En cuanto al primer concepto se indica que en el artículo 84 de la ley mencionada dice: Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por virtud del contrato de trabajo. El concepto social surge del artículo 85 de la Ley, donde se indica que, si bien la estipulación del salario se hará libremente por las partes, en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo que se fija conforme a las prescripciones legales.
El monto del salario se fija considerando: las circunstancias determinantes, el salario igual, las horas extraordinarias, los días de descanso y vacaciones, si el salario es a destajo, la participación en los beneficios y el salario de la mujer embarazada. Para efectuar el pago del salario, de acuerdo al artículo 87 de la ley federal se fijan dos periodos como como fecha límite: Para los que realizan un trabajo material los plazos de pago no deberán exceder de una semana, y para los otros trabajadores, incluyendo los domésticos, el plazo de pago no deberá exceder de quince días. Se estima que en la práctica esta disposición puede provocar numerosas dificultades a los fines de determinar cuáles son los trabajadores que realizan un trabajo material y cuáles no.
Con relación al lugar del pago del salario, en el artículo 88 de la ley federal de México, se establece el principio general de que el salario deberá pagarse en el lugar donde los trabajadores prestan sus servicios, admitiéndose por excepción, convenios expresos que fijen otro lugar. Pero en forma categórica se prohíbe el pago del salario en los siguientes lugares: a) recreo; b) fonda; c) café; d) taberna; f) cantina o tienda; salvo que se trate de trabajadores de estos mismos establecimientos.
Sobre la forma de pago, se analizan las disposiciones de la legislación acerca del pago personal y el pago en moneda legal.
La legislación mexicana adopta principios jurídicos que consagran privilegios especiales para el pago de los salarios, con el propósito de proteger el salario como base del patrimonio del trabajador. Los privilegios que consagra la legislación mexicana con relación al pago del salario se agrupan en cuatro aspectos: a) Retención; b) Inembargabilidad; c) Prohibición de la cesión de salarios en favor de terceros y d) Preferencia del pago de salarios, sueldos e indemnizaciones en caso de quiebra de empresas.
Finalmente, se expone el concepto, garantías y comisiones especiales del salario mínimo, que tiene como objetivo evitar las desastrosas consecuencias que provoca la especulación o libre concurrencia sobre el trabajo del obrero. La Constitución y la Ley Federal de Trabajo mexicana mencionan en forma expresa los aspectos esenciales que debe comprender el salario mínimo conforme a las condiciones de cada región y que se concretan a satisfacer los siguientes aspectos: a) las necesidades normales de la vida del trabajador; b) su educación y c) sus placeres honestos.
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- 1938 [119]