¿Quién costea el Seguro Social?
Date
1938-04Author(s)
Raucheberg, Heinrich
Caja Nacional de Seguro Social
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Show full item recordAbstract
Estudio que analiza el problema de la financiación de la seguridad social. El problema de quien costea el seguro social parece, a primera vista, estar resuelto por las leyes de seguro social. Según la legislación checoeslovaca, las primas del seguro de accidentes del trabajo son pagadas únicamente por el empleador; las primas de todas las otras ramas del seguro social están a cargo del empleador y del empleado, por mitades. Las subvenciones del Estado para ciertas prestaciones de seguro, no se contemplan en este problema, porque, sin más, queda a la vista que aquellas subvenciones son costeadas por todos los contribuyentes, y, según las ·normas de repartición de los impuestos, son distribuidas entre ellos. Con la subvención del Estado, del principio de la asistencia social, que corresponde a la solidaridad de la población del país, se pasa al principio del seguro social. Este incorpora las primas del seguro social como un factor necesario al proceso económico social de producción y reparte de la economía nacional. Comprobar esto y deducir sus consecuencias es tarea de esta investigación.
La prima del seguro, ya sea pagada por el empleador o el empleado, es un impuesto al salario y tiene todos los efectos de tal. Se distingue de otros impuestos sólo en que su producto no ingresa a la caja del Estado sino a la caja del seguro social, quien los destina a los fines determinados. La prima de seguro es pues un impuesto predestinado a favor de las personas que han trabajado y que han perdido su poder de actividad. El deber de contribución es impuesto por el Estado con el seguro obligatorio. Desde el punto de vista del asegurado, el seguro aparece como un ahorro obligatorio aplicado por el Estado con el fin económico de la futura protección del asegurado.
Se analiza quién soporta .al mayor costo producido a consecuencia del seguro: el empleador, el empleado o aquellos a quienes están destinadas las mercaderías fabricadas o las prestaciones de servicio, o sea, los consumidores. La ley divide el aporte al seguro entre el empleador y el empleado sólo provisoriamente: la distribución definitiva depende del resultado de la lucha de transferencia que se desarrolla entre los empleadores y empleados en el mercado del trabajo, y entre el empleador y sus clientes en el mercado de productos y monetario.
Si es que se establece esta tendencia, no grava pues el seguro social ni al empleador ni al empleado, ni tampoco a los intermediarios, sino finalmente al consumidor, y a éste según la participación del trabajo, que es uno de los factores de producción, en los costos de producción de las mercaderías y de las prestaciones de servicios que lo benefician.
Una de las funciones del seguro social es la de formar capitales. La política de inversiones del seguro social se distingue de la privada en que la política inversionista privada va preferentemente a la mayor rentabilidad directa, tomando en cuenta una suficiente garantía. La política inversionista del seguro social no debe descuidar la rentabilidad directa, ni la seguridad; pero está mucho más empeñada en la rentabilidad indirecta puesto que prefiere aquellas inversiones qué favorecen la salud y el bienestar de los asegurados en primer lugar. El seguro social puede crear o subvencionar diversas instituciones de asistencia social, sin dañar a sus intereses financieros. No obstante que la rentabilidad de la inversión de capital en salud pública no puede exactamente ser calculada, no hay ninguna duda acerca de que existe, por consecuencia, la institución del seguro debe tener campo libre en la elección de sus inversiones.
Concluye que el seguro social sirve al bienestar general no sólo por las prestaciones del seguro sino también por la inversión de sus capitales, fomenta la formación de capital y conduce a los nuevos capitales por él creados, a la mejor inversión político social.
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- 1938 [119]