Algunas ideas sobre el problema de las Listas Pasivas en el Perú
Date
1938-11Author(s)
Roldán Seminario, Carlos
Caja Nacional de Seguro Social
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Show full item recordAbstract
Analiza el serio problema para el Estado que constituyó el monto de las Listas Pasivas
y la evidente perspectiva de su constante incremento. La urgencia de resolverlo se
hizo mayor para el Gobierno con motivo de la expedición de las leyes Nos. 8435 y
8692, que concedieron goces de previsión social a todos los empleados públicos y
establecieron la acumulación de los servicios.
La resolución de este problema interesaba por igual al Estado y a los servidores
públicos, al primero en cumplimiento de su misión tutelar y de su política de previsión
social y a los segundos por el evidente peligro para asegurar para sí y sus deudos el
goce de los derechos que les otorgaba las leyes.
La revisión de la situación muestra que la cuestión era sumamente compleja y para
resolverla integralmente se precisaba abordar el estudio de sus dos aspectos
fundamentales: la financiación de las Listas Pasivas a fin de evitar que lleguen a
constituir una carga insoportable para el presupuesto del Estado y la revisión,
coordinación y reforma de su legislación que se encontraba completamente difusa y
hasta contradictoria, llena de vacíos que era indispensable corregir y necesitada de
disposiciones rígidas que impidieran su aplicación indebida.
El autor explica que, por la falta de datos completos sobre el escalafón, cálculos
actuariales y haberes de los empleados, y por la índole y extensión de este artículo, no
se ha hecho un estudio profundo del problema, pero sí consideraba posible aportar
una colaboración esbozando ideas breves sobre algunos de los recursos con que
podría contarse para resolverlo.
Con un criterio de estricta justicia y teniendo en cuenta que los beneficios eran iguales
para todos, pero no en su monto, se propone establecer una escala prudencial en los
descuentos, partiendo del 5% para un tipo base de haberes y elevándolo
paulatinamente hasta el 10% que gravaría el sueldo máximo de 1,200 soles que
reconocían las leyes de goce.
Otra reforma que propone el autor es una medida que ya existía en otros países y que
tampoco era una novedad en el Perú porque ya funcionaba en la Municipalidad de
Lima y estuvo en vigor en el Departamento de Recaudación de la Caja de Depósitos y
Consignaciones con éxito evidente. Consistía en gravar a todos los empleados con el
importe del primer sueldo que les correspondía, con el monto de la primera diferencia
de haber en los casos de promoción y con un 10% sobre cualquier gratificación,
premio o remuneración extraordinaria que percibieran. En todos estos casos el aporte
del empleado se produciría sin irrogarle mayor perjuicio y elevaría en más del 100% el
producto que se percibía en ese momento.
Concluye que con las dos formas propuestas se obtendría el máximo de la
contribución exigible a los servidores públicos para solucionar el problema de las
Listas Pasivas, su aporte se completaría introduciendo determinadas taxativas para el
aprovechamiento de los goces y sobre la duración de las pensiones. Pero otros
recursos que hacían falta tendrían que aportarlos el Estado considerando el doble
papel que desempeña respecto a sus servidores, sin olvidarse de la necesidad y
conveniencia de que las sumas dedicadas a cubrir los beneficios no sigan
constituyendo un capital improductivo, sino que se inviertan en forma garantizada y
remuneradora que por sí sola alivie al fisco de cada vez mayores responsabilidades.
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- 1938 [119]