Información extranjera
Abstract
En este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social:
- Asociación Internacional de la Seguridad Social
1. Miembros de la Mesa Directiva
Informa sobre la constitución de la Mesa Directiva de la AISS, de conformidad con los acuerdos adoptados en la XIV Asamblea General, realizada en Estambul en 1961. Se nombró como Presidente de la Mesa Directiva al profesor Renato Morelli, de Italia.
2. Presidentes de Comisiones Permanentes
Informa sobre los señores titulares de las Comisiones Permanentes de Trabajo de la AISS, conforme a los acuerdos adoptados en la última Asamblea General.
- España:
1. La Ley de Ayuda Familiar
Informa sobre la unificación de los beneficios de protección familiar existentes en España, estableciendo un mejor y único régimen debidamente coordinado a través del Instituto Nacional de Previsión (INP), con la Ley N°495 del 14 de abril de 1962.
En España existían dos prestaciones de carácter familiar; el Plus Familiar, por un lado, como aditamento del salario, y de otro lado el Subsidio Familiar, como ayuda típica de seguridad social. Ambas se concedían en correlación con las obligaciones familiares del trabajador y tenían administraciones separadas, el Plus en cada empresa y el Subsidio Familiar en el INP.
Como no era justificable esta separación, que producía gastos y esfuerzos innecesarios y desigualdad en los beneficios y aportaciones, se creó la nueva Ley de Ayuda Familiar, que introdujo sustanciales mejoras en los beneficios. En este artículo se ofrece una síntesis de la Ley, incluyendo su objetivo, campo de aplicación, prestaciones, financiación y gestión.
2. Creación de Mutualidades Laborales de trabajadores autónomos
Con una Orden del Ministerio de Trabajo del 30 de mayo de 1962, se creó tres Mutualidades Laborales que comprendían a los trabajadores autónomos de servicios, de la industria y de actividades directas para el consumo.
La Mutualidad Laboral de trabajadores autónomos de Servicios comprendió a los grupos integrados dentro de los sindicatos siguientes: de actividades diversas, de agua, gas, electricidad; del espectáculo; de hostelería y similares; de transportes y comunicaciones.
Dentro de la Mutualidad Laboral de trabajadores autónomos de la Industria se incorporó a los que pertenecían a los sindicatos de combustibles, construcción, industrias químicas, de madera y corcho, del metal, del papel, prensa y artes gráficas, pieles y textiles.
Dentro de la Mutualidad Laboral de trabajadores autónomos de Actividades para el Consumo estaban comprendidos los sindicatos de alimentos, azúcar, ganadería, pesca, olivo, de la vid, de cervezas y similares.
Collections
- 1962 [31]